| AMPAROS CONTRA ACADEMIA DE POLICIA GRINGA |
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MÁS DE 500 AMPAROS SERÁN PRESENTADOS ANTES DEL 20 DE SEPTIEMBRE CONTRA LA OBRA QUE AVALÓ MORENO VALLE Serán presentados antes del 20 de septiembreAl tratarse de una base militar de USA El Senador René Arce solicitará un Informe detallado a Segob Federal y al mandatario poblano Sergio Reguero-Gerardo Pérez/ Puebla sin Fronteras Por atentar contra la soberanía nacional y por violentar la Constitución Mexicana, en su artículos 32 -pues se está en tiempos de paz y no de guerra-, 39 y 41, además de quebrantar la seguridad de Puebla y los poblanos”, cerca de 500 amparos se están recolectando -hasta el momento- en contra de la construcción de la -supuesta- “Academia Estatal de Formación y Desarrollo Policial”, en terrenos “etiquetados” de reserva ecológica de Los Encinos, en la junta auxiliar de Chachapa, pues en realidad se trata de la conformación de una “Base Militar de los Estados Unidos”. La “lluvia de amparos base” provendrá no solo de Puebla, sino también de habitantes y agrupaciones sociales del Distrito Federal, Tlaxcala, Estado de México, Oaxaca, Veracruz, Chihuahua, entre otras entidades. Además, los amparos se presentarán ante los respectivos juzgados federales… antes del próximo 20 de Septiembre. Además, el documento contra la edificación de la “Academia de Policía” y/o “Base Militar”, como el “amparo base”, fue entregado ayer al Senador de la República René Arce, quien solicitará -con carácter de urgente- un Informe real, y detallado, al Secretario de Gobernación Federal, Francisco Blake Mora, sobre una eventual intervención americana en territorio mexicano.Asimismo, el legislador federal demandará al Gobernador de Puebla, Rafael Moreno Valle Rosas, la clarificación sobre “los acuerdo” a que llegó con el estadounidense Keith W, Mines, director general de Iniciativa Mérida.Así lo dieron a conocer -a Puebla sin Fronteras- integrantes de diversos movimientos sociales, de intelectuales, historiadores, universitarios, de la Izquierda Progresista, del Frente Ciudadano de Dignificación, Frente Patriótico Poblano.Sobre quién es -o será- su representante legal en el litigio, que en breve emprenderán, optaron reservarse el nombre.SE AMPARARÁN CONTRA ACCIONES DEL PRESIDENTE CALDERÓN Y DE RMVA continuación se transcriben las partes torales y sustanciales del “amparo base” que las organizaciones están levantando en diversos estados del País, del cual se omite nombre y dirección del demandante. CIUDADANO JUEZ DE DISTRITO EN TURNO “Por medio del presente ocurso y con fundamento en lo preceptuado por los artículos 103 y 107 de la Constitución General de la República, vengo a demandar EL AMPARO Y LA PROTECCIÓN DE LA JUSTICIA DE LA UNIÓN en contra de los actos de autoridad que más adelante señalaré y al efecto fundo la presente demanda en lo que dispone el artículo 114 de la Ley de Amparo en Vigor.AUTORIDADES RESPONSABLES.-Ordenadoras,- EL C. PRESIDENTE DE LA REPUBLICA FELIPE DE JESUS CALDERON HINOJOSA, EL C. GOBENADOR CONSTITUCIONAL DEL ESTADO DE PUEBLA, RAFAEL MORENO VALLE ROSAS, EL C. SECRETARIO DE SEGURIDAD PUBLICA DEL ESTADO DE PUEBLA, ARDELIO VARGAS FOSADO.EJECUTORAS.- LA C. SECRETARIA DE SUSTENTABILIDAD AMBIENTAL Y ORDENAMIENTO TERRITORIAL AMY LOUISE CAMACHO, EL C. SECRETARIO GENERAL DE GOBIERNO. FERNANDO MANZANILLA PRIETO, EL C. SUBSECRETARIO DE ASUNTOS POLITICOS Y PROTECCION CIVIL MARIO RINCÓN GONZÁLEZ, El C. DIRECTOR DE SEGURIDAD PUBLICA DEL ESTADO, EL C. SECRETARIO DE INSFRAESTRUCTURA EN EL ESTADO DE PUEBLA, JOSÉ ANTONIO GALI FAYAD.ACTO RECLAMADO.- Lo constituye la PRESUNTA CONSTRUCCION DE LA BASE MILITAR ESTADOUNIDENSE denominada “ACADEMIA ESTATAL DE FORMACION Y DESARROLLO POLICIAL” Y SU PRESUNTO ASENTAMIENTO DENTRO DEL TERRITORIO NACIONAL CONCRETAMENTE EN LOS ENCINOS (considerada reserva ecológica) perteneciente a la Junta Auxiliar de San Salvador Chachapa, en el estado de Puebla, por parte de las autoridades Federal y Estatal señaladas como responsables, que por sí o por funcionarios a sus ordenes pretenden ejecutar en mi perjuicio, toda vez que vulnera mi derecho y pone en grave riesgo el estado de derecho, la soberanía nacional, mi patrimonio, la seguridad personal de mi familia , de mi persona, de mis papeles y posesiones, toda vez que violenta el Pacto Federal y con ello me deja en total indefensión en mi calidad de Ciudadano Mexicano, lo que debe ser reparado en términos del presente juicio de AMPARO.De la Autoridad Ordenadora, reclamo la orden de derribamiento y destrucción de la reserva ecológica con fines militares que ponen en riesgo la soberanía nacional, la seguridad personal de mi familia, mis posesiones y vulnera mis derechos, y la presunta realización de UNA BASE MILITAR EXTRANJERA denominada “ACADEMIA ESTATAL DE FORMACION Y DESARROLLO POLICIAL”HECHOS1.- “Soy de nacionalidad mexicana, manifiesto que tengo un modo honesto de vivir, declaro que soy un patriota, comprometido con mi nación, que sobre todas las cosas anhelo la edificación de un país libre y que goce de su soberanía, sin embargo con fecha diez de mayo del año en curso el C. GOBERNADOR CONSTITUCIONAL DEL ESTADO DE PUEBLA anunció la Utilización de la Reserva Ecológica, denominada los Encinos, situada en San Salvador Chachapa, en el estado de Puebla para la presunta edificación y asentamiento de una “escuela policial”, que se le dio la connotación de BASE MILITAR, según lo declarado por el Estadounidense Keith W. Mines en su carácter de Director General de la Iniciativa Mérida, quien claramente manifestó que el Buro Federal de Investigación (FBI), Servicio Secreto, ICE., NCSI y otros tendrán injerencia en el programa”.2.- “Mucho se ha dicho en relación al Plan Mérida que es subsidiado por los Estados Unidos de Norte América, para aparentemente combatir al narcotráfico en NUESTRO país, sin embrago los lamentables resultados de crimen y muerte de ciudadanos inocentes se hacen cada vez más cruentos como parte de la realidad social en México. Aunado a ello, las recientes Reformas Constitucionales concretamente por lo que hace al artículo 20 Constitucional, posibilitan que se instrumenten pretextos a modo para permitir la injerencia de una nación extranjera en territorio nacional; ya se ha hablado mucho de la necesidad de profesionalizar a los órganos policiales, no solo para combatir al crimen organizado sino de crear una POLICIA CIENTIFICA al estilo de los investigadores estadounidenses, como parte de las reformas al sistema penal acusatorio.Sin embargo, es conocido de la opinión pública que Keith W. Mines es un estratega militar, no policiaco, que cuenta con un lamentable historial genocida y sin dotes diplomáticas; la injerencia de extranjeros en territorio nacional pone en grave riesgo la soberanía nacional, y violenta los más elementales derechos de la ciudadanos tanto en lo individual como en lo general, toda vez que violenta, irrumpe y lesiona el pacto federal al dejar en manos de extranjeros la seguridad de los mexicanos, pero más allá de toda esta aparente justificación para la permanencia de extranjeros en territorio nacional interviniendo en asuntos internos, se encuentra el inminente peligro de la implantación de una base militar que tan solo nos pondrá en la mira de los enemigos “naturales” del los Estados Unidos, para ser blanco de ataques terroristas”.“De lo expuesto se desprende que tengo necesidad de recurrir a esta vía a efecto de DEMANDAR EL AMPARO Y LA PROTECCION DE LA JUSTICIA FEDERAL EN CONTRA DE LOS ACTOS QUE SE RECLAMAN.PRECEPTOS CONSTITUCIONALES VIOLADOS.- Lo son los artículos 14 y 16 de la Constitución General de la República, por lo que hace a las garantías individuales. Artículo 14 Constitucional: “… Nadie podrá ser privado de la vida, de la libertad o de sus propiedades, posesiones o derechos, sino mediante Juicio seguido ante los tribunales previamente establecidos, en el que se cumplan las formalidades del procedimiento y con forme a las leyes expedidas con anterioridad al hecho....”“En el presente caso al no dar cabal cumplimiento a lo mandatado por esta disposición Constitucional se conculcan mis garantías constitucionales”.Artículo 16 Constitucional: “… Nadie puede ser molestado en su persona, familia, domicilio, papeles o posesiones, sino en virtud de mandamiento escrito de la autoridad competente, que funde y motive la causa legal del procedimiento, no podrá librarse orden de aprehensión sino por la autoridad judicial y sin que preceda denuncia, acusación o querella de un hecho determinado que la ley señale como delito......”“En el presente caso al desacatar esta disposición se conculcan mis garantías constitucionales, todo ello en mi perjuicio. Situación que debe ser reparada en términos del presente amparo”.VIOLACIONES A LA CONSTITUCIÓN“Así mismo se violenta la Constitución, la Soberanía Nacional y el Pacto Federal por lo que hace al incumplimiento de las siguientes disposiciones Constitucionales:Artículo 32 Constitucional PARRAFOS TERCERO Y CUARTO: “... En tiempo de paz, ningún extranjero podrá servir en el Ejército, ni en las fuerzas de policía, o seguridad pública. Para pertenecer al activo del Ejército en tiempo de paz y al de la Armada o al de la Fuerza Aérea en todo momento, o desempeñar cualquier cargo o comisión en ellos, se requiere ser mexicano por nacimiento”. Artículo 39 Constitucional: “… La soberanía nacional reside esencial y originalmente en el pueblo. Todo poder público dimana del pueblo y se instituye para beneficio de éste. El pueblo tiene en todo tiempo el inalienable derecho de alterar o modificar su forma de gobierno.”Artículo 41 Constitucional: “… El pueblo ejerce su soberanía por medio de los Poderes de la Unión en los casos de la competencia de éstos, y por los de los Estados en lo que toca a sus regímenes interiores en los términos respectivamente establecidos por la presente Constitución Federal y las particulares de los Estados, las que en ningún caso podrán contravenir las estipulaciones del Pacto Federal.....”SUSPENSIÓN.- Con fundamento en lo que disponen los artículos 122, 124, 130,131 y demás relativos aplicables del la Ley de Amparo en vigor, solicito la SUSPENSIÓN PROVISIONAL de los actos que se reclaman y en su oportunidad se me conceda la SUSPENSIÓN DEFINITIVA.De todo anterior se desprende que tengo necesidad de recurrir a esta vía a efecto de demandar EL AMPARO Y LA PROTECCIÓN DE LA JUSTICIA DE LA UNIÓN en contra de los actos de autoridad que quedaron señaladas como responsables. |